OBJETIVOS
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Contribuir a la determinación de las cualificaciones y competencias profesionales específicas del sector del Metal en materia de seguridad y salud en el trabajo.
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Lograr que las acciones y actuaciones en relación con los contenidos de la ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, y la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la Subcontratación en el Sector de la Construcción sean análogas, homogéneas y coordinadas en todo el territorio nacional.
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Transmitir los conocimientos y normas específicas en materia de seguridad y salud en el trabajo en relación con la actividad de electricidad, construcción de líneas de telecomunicaciones y tendidos eléctricos.
CONTENIDOS
A. Definición de los trabajos.
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Previsión de las necesidades de los diferentes equipos eléctricos.
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Líneas eléctricas aéreas y subterráneas de alta y baja tensión.
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Centros de transformación.
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Subestaciones.
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Montaje y mantenimiento eléctrico industrial y edificación.
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Instalaciones provisionales de obra.
B. Técnicas preventivas específicas.
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Identificación de riesgos.
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Evaluación de riesgos del puesto (genérica).
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Medios auxiliares (plataformas elevadoras, andamios, escaleras de mano, máquinas de tiro, de freno, de empalmar, poleas, gatos, carros de salida a conductores, pértigas de verificación de ausencia de tensión).
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Equipos de trabajo y herramientas: riesgos y medidas preventivas.
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RD 614/2001.
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Manipulación manual de cargas.
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Trabajos en altura.
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Medios de protección colectiva (colocación, usos y obligaciones y mantenimiento).
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Medios de protección individual (colocación, usos y obligaciones y mantenimiento).
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Materiales y productos (etiquetado, fichas de datos de seguridad, frases R y S,…).
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Utilización de líneas de vida verticales y horizontales en los distintos tipos de anclaje y estructuras.
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